Premios Literarios “Ciutat De València” XXVII Edición (Cierre 30 de septiembre 2009)

1.- Las presentes Bases tienen por finalidad regular la concesión de los Premios Literarios "Ciutat de València" XXVII Edición en las siguientes modalidades:

-Premio de Narrativa en Valenciano “Constantí Llombart”
-Premio de Narrativa en Castellano “Vicente Blasco Ibáñez”
-Premio de Poesía en Valenciano “Roïç de Corella”
-Premio de Poesía en Castellano “Vicente Gaos”
-Premio de Teatro en Valenciano “Eduard Escalante”
-Premio de Teatro en Castellano “Juan de Timoneda”
-Premio de Ensayo en Valenciano o Castellano “Juan Gil Albert”

2.- Podrán ser presentadas a los Premios de Narrativa, todas las obras (novelas, cuentos, memorias, etc.) escritas respectivamente en el idioma especificado en la Base anterior, cuya extensión no sea inferior a 150 páginas tamaño DIN-A4 (210x297 mm), impresas por una sola cara y a doble espacio.

3.- Podrán ser presentadas a los Premios de Poesía todas las obras escritas respectivamente en el idioma especificado en la Base 1 cuya extensión no sea inferior a 250 versos.

4.- Podrán ser presentadas a los Premios de Teatro todas las obras escritas respectivamente en el idioma especificado en la Base 1 de una extensión que escenificada tenga una duración propia de las representaciones teatrales.

5.- Podrán ser presentadas al Premio de Ensayo en Castellano o Valenciano, todas las obras escritas en dichos idiomas cuya extensión no sea inferior a 150 páginas tamaño DIN-A4 (210x297 mm), impresas por una sola cara y a doble espacio.

6.- Se excluirán como aspirantes quienes hubiesen obtenido el respectivo premio en la edición inmediata anterior. Asimismo, no podrán presentarse obras de quienes hayan fallecido antes de la apertura del período de presentación de originales.

7.- Las obras presentadas deben ser originales e inéditas. Por lo que respecta a la originalidad, vendrá referida al hecho de la novedad objetiva de la obra en el momento de su creación.
En cuanto al carácter de obra inédita, se considerará que lo tiene aquella obra en la que, a juicio del jurado, concurran las siguientes características:
a) Que su contenido tenga unidad y entidad suficiente para ser considerada en su conjunto como obra literaria nueva.
b) Que carezcan de significación dentro de la misma los posibles pasajes recogidos de obras anteriores o los pertenecientes a obras de otras personas autoras, citando en este caso la autoría. No serán consideradas originales e inéditas las traducciones o adaptaciones de otras obras.
c) Las obras teatrales, además, no habrán sido estrenadas, ni leídas públicamente, en sala o teatro alguno.

8.- Los originales impresos y en perfectas condiciones de legibilidad deberán presentarse en número de 6 ejemplares, haciéndose constar en la cubierta, además del título, el nombre de la autora o autor junto al de su domicilio y teléfono.
Podrán presentarse bajo seudónimo. En tal supuesto, deberán acompañarse de una plica cerrada, en la cual constará el seudónimo correspondiente y el título de la obra, escribiendo en el interior los datos pertinentes. La plica sólo se abrirá en caso de resultar la obra ganadora.

9.- El plazo de presentación de obras se extenderá desde el día 1 hasta el día 30 de septiembre de 2009 ambos inclusive.
Los trabajos deberán dirigirse a “Ajuntament de València.-Servicio de Acción Cultural.- Sección Administrativa.- ”; Plaza del Ayuntamiento , 1.- 46002 VALENCIA, indicando la modalidad a la que concurren, debiendo en todo caso presentarse a través del Registro General de Entrada de la Corporación, o bien en la forma establecida en el Art. 38 de la Ley 30/1992 , de 26 de Noviembre.

10.- A las personas autoras de las obras ganadoras se les hará entrega del trofeo de estos Premios, así como del importe de la respectiva dotación económica, que será la siguiente:

-Premios de Poesía en Valenciano y Castellano, SEIS MIL CIEN euros cada uno.
-Premios de Narrativa en Valenciano y Castellano, DOCE MIL CIEN euros cada uno.
-Premios de Teatro en Valenciano y Castellano, DOCE MIL CIEN euros cada uno.
-Premio de Ensayo en Valenciano o Castellano, DOCE MIL CIEN euros

Los Premios, se otorgarán a una única obra, no pudiendo concederse ex-aequo.
Estos premios estarán sujetos a la retención legal que proceda.

11.- El Ayuntamiento de Valencia se reserva el derecho de publicar el texto premiado, en su primera edición, sin perjuicio de que la autora o autor concierte su edición y distribución por otros medios.
En dicho supuesto, el Ayuntamiento supervisará y aprobará previamente, en su caso, las condiciones y cláusulas del acuerdo o concierto al que se hubiera llegado.

12.- Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del premio, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario, con la misma obra que presenta a los Premios "Ciutat de València", ésta deberá comunicarlo por escrito a este Ayuntamiento, a fin de que el Jurado no lo tenga en consideración en la decisión del correspondiente Premio.

13 .- El jurado de cada uno de los Premios estará integrado por los siguientes componentes:

Presidenta: la Sra. Alcaldesa, o Concejala/Concejal en quien delegue.

Vocales: cinco; tres, de elección por el Ayuntamiento entre personas de la literatura, de la crítica literaria, de la investigación y docentes de la universidad de acreditado prestigio; una o uno, a propuesta del Consell Valencià de Cultura y otra u otro, de entre las personas ganadoras anteriores del respectivo premio, con preferencia de las más recientes.

Secretario: el Secretario General de la Administración Municipal o personal funcionario en quien éste delegue.

14.- En función del número de obras presentadas, podrá constituirse una Comisión integrada por personal especializado elegido por el Ayuntamiento, al objeto de proceder a la previa selección de las obras finalistas a valorar por el Jurado.

15.- El Jurado de cada uno de los Premios podrá no adjudicarlo si observara que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad artístico-literaria precisa.

16.- El fallo del jurado, con carácter de inapelable, será elevado por la Alcaldía a acto administrativo, pudiendo éste ser impugnado de conformidad con lo previsto en la normativa de Procedimiento Administrativo. Dicho fallo será dado a conocer en solemne acto, cuya fecha será oportunamente comunicada a las personas ganadoras.

17.- Los trabajos no premiados se devolverán a los autores/as que lo pidan, con la adecuada identificación, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la publicación de la decisión del jurado.

18.- La presentación de originales a cualquiera de estos premios supone la plena aceptación de las presentes Bases, sin perjuicio de su posible impugnación de acuerdo con lo previsto en la legislación sobre Procedimiento Administrativo.